Informe Pericial Psicológico. Estructura y elaboración

Fernando Díaz Colorado

Universidad Santo Tomas, Bogotá D.C., Colombia.

Los peritos psicólogos encuentran en la elaboración del Informe Pericial el mayor reto de su actividad. Dicha elaboración requiere en primer lugar, un dominio de las exigencias y procedimientos del sistema de justicia donde actúa; en segundo lugar, comprensión de la jurisprudencia y, finalmente, unos conocimientos teóricos y prácticos sobre la evaluación psicológica.

En el campo de la Psicología Forense hay distintos enfoques y modelos sobre la forma de llevar a cabo el Informe Pericial, unos más exigentes que otros; incluso para algunos la realización del informe depende fundamentalmente de la pregunta que el funcionario judicial hace y por lo tanto, no hay una única forma de realización. Sin embargo, en cualquier circunstancia en el que este se solicite, el Informe Pericial debe contener algunos componentes esenciales para ser considerado como tal. Y lo que es más importante, que reúna los requerimientos legales que se establecen para su presentación.

Ejemplo de Informe Pericial

En Colombia, por ejemplo, la base de la opinión pericial deberá estar contenida en un informe que en su  estructura deberá acogerse a las reglas establecidas en el Manual de Policía Judicial[1].

Este manual en términos generales establece que debe contener lo siguiente:

  1. Los principios en los que se fundamentó el perito.
  2. Las reglas de procedimiento que siguió.
  3. El método que utilizó.
  4. El grado de confiabilidad.
  5. Los instrumentos utilizados.
  6. Las observaciones.
  7. Las conclusiones a las que llegó.


No olvidemos que el juez hará la apreciación del peritazgo contemplando: a) la idoneidad técnico-científica y moral del perito; b) la claridad y exactitud de su presentación en la audiencia; c) su comportamiento al responder; d) el grado de aceptación de los principios en lo que se apoya y; e) la consistencia del conjunto de sus respuestas. 

Contexto forense

Como bien lo hace notar Jiménez Gómez[2], la evaluación en el contexto forense es potencialmente más conflictiva en su realización que la que se lleva a cabo en condiciones clínicas por varias razones. En primer lugar, porque la persona que se va a evaluar acude a la diligencia generalmente contra su voluntad; por lo tanto, no se cuenta con su plena colaboración. Lo que allí se va a evaluar forma parte de  un proceso penal que es público y por ende puede ser publicado o conocido, lo que impide guardar cierta confidencialidad.

Los destinatarios del Informe Pericial no son otros profesionales de la salud mental, sino profesionales del derecho que no están familiarizadas con el lenguaje psicológico. Sin embargo, es importante recordar que el Informe Pericial no se debe confundir con un trabajo policial, es decir, la tarea del psicólogo es la de presentar el conjunto de apreciaciones que la labor realizada le permite afirmar desde la perspectiva psicológica y no desde la perspectiva investigativa.

El Informe Pericial debe ser claro y preciso, su extensión dependerá de la naturaleza de lo solicitado por la autoridad, evitando tanto los informes excesivamente sucintos como los ampliamente extensos que se hacen tediosos y llenos de información que no es relevante.  Por ningún motivo debe contener apreciaciones o juicios sobre responsabilidad penal.

Informe Pericial. Etapa previa a la realización

La realización propiamente dicha del Informe Pericial implica tener en cuenta lo siguiente:

  1. Análisis de las preguntas formuladas. Inicialmente el perito debe responder si el conocimiento científico existente en Psicología, permite dar contestación a las preguntas de la autoridad judicial y, obviamente si es su campo de especialidad; es decir, que es idóneo para llevar a cabo el peritaje.
  2. Es necesario tener información previa y/o complementaria sobre el hecho investigado, de tal manera que permita una apreciación de los hechos por parte del perito.
  3. Con estos componentes se puede dibujar la hipótesis que va a guiar la evaluación y que delimitará la selección de los instrumentos que son necesarios para aplicar en el proceso con el imputado o la víctima.
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Entrevista

La realización de la entrevista implica que inicialmente, el perito le informe al evaluado que la diligencia es de carácter forense y que, por ende, no es una sesión de naturaleza clínica, que todo aquello que implique información de naturaleza ilegal está en la obligación de informar a las autoridades competentes.

Es importante aclarar al evaluado que el procedimiento que se va a llevar a cabo, no conduce a la obtención de una confesión o de proporcionar información sobre la realización o no del hecho delictivo y que las preguntas relativas al hecho tiene como fundamento guiar la evaluación de orden psicológico que ha sido solicitada por la autoridad o por la parte procesal que lo solicito.

La realización de la entrevista depende del dominio, experiencia y manejo que el perito posea de acuerdo con su formación y experiencia profesional.

La entrevista debe incluir información relacionada con el contexto familiar, formación educativa, historia laboral, historia psicológica, información actual sobre sus actividades, aspectos relacionados con la manera como se llevó a cabo el delito o las circunstancias que se presentaron durante el hecho motivo de la pericia.

Evaluación

La aplicación de cuestionarios, inventarios, tests, autoinformes, registros de información, deberán ser escogidos por el experto preferentemente de acuerdo con su utilización en el escenario forense.

Las pruebas seleccionadas deberán ser pertinentes a la naturaleza de la evaluación que se va a realizar.

En ocasiones se hacen aplicaciones de pruebas psicológicas que no son pertinentes a la solicitud del funcionario judicial. Regularmente se presentan muchos inconvenientes debido a que pruebas exclusivamente forenses son muy pocas.

En su gran mayoría las pruebas psicológicas existentes han sido construidas para ser aplicadas en el campo clínico, además de no responder a asuntos estrictamente legales como en el caso puntual de la adjudicación o disputa de la custodia en un proceso familiar. Sin embargo, la escogencia de las pruebas determina el rumbo de la evaluación.

La coherencia del Informe Pericial reclama que la aplicación de pruebas coincida con el enfoque psicológico que el perito domina y en el que es experto, así como con la fortaleza de la evidencia teórica existente sobre el asunto motivo de litigio.

Las pruebas deben ser un complemento de importancia para la obtención de argumentación que es muy útil en el escenario probatorio pero no la única fuente de información, por lo tanto resulta equivocado emitir una apreciación de un caso basándose exclusivamente en las pruebas. De allí la importancia de conocer la confiabilidad y validez de las pruebas, el alcance de sus resultados, las limitaciones del instrumento, características de la población a la que se le ha aplicado y, lo que es más importante, la coherencia de su aplicación con la evaluación solicitada.

Conclusiones

La fortaleza del peritaje está dada en la fortaleza argumentativa que el perito presente para dar respuesta a las preguntas del funcionario judicial.

La redacción del Informe Pericial constituye una de las tareas de mayores consecuencias para el Psicólogo y obviamente para las personas involucradas. Es decir, es de vital trascendencia integrar los datos y los hechos siguiendo un hilo conductor. Esto permitirá permita mostrar que las inferencias que se realizan están fundamentadas en lo observado de los resultados obtenidos durante la entrevista, las pruebas aplicadas y los datos previos consultados.

El Informe Pericial debe centrarse en los asuntos de interés evitando referirse a temas, que si bien pueden estar de una u otra forma relacionados, no contribuyen de manera directa a explicar o comprender la situación planteada.

No debemos olvidar que el pedido de evaluación no es en sí una licencia para investigar o ahondar en cualquier aspecto de la vida o del comportamiento del evaluado[3].

Ahora bien, el foco y la amplitud del Informe Pericial dependen de la naturaleza del caso y de la pertenencia a la defensa o a la acusación.

El enfoque del Informe Pericial varía según el caso y en función de las necesidades del que solicito la evaluación.

Se debe evitar, siempre que sea posible:,

  • Pronosticar comportamientos o hacer predicciones específicas.
  • La formulación de diagnósticos ya que este es una forma de predicción y presenta problemas, dado que puede producir efectos nocivos, aunque la categoría diagnóstica tenga algún grado de precisión[4].
  • El uso de etiquetas diagnósticas que prodúzcanla patologización de las personas o que incluso permitan una inadecuada interpretación o un mal uso por parte de la postura contraria en el proceso.

En términos más claros el Informe Pericial debe ser[5]:

  • Explícito e inteligible (utilización de terminología clara, explícita y concisa).
  • Útil y relevante (subrayar las características que tiene directa relación con la solicitud).
  • Informativo (explicar el significado de las categorías señaladas en el informe aclarando cada una de las afirmaciones esenciales)
  • Defendible (sólo debe contener afirmaciones en las que el psicólogo tenga suficiente confianza para defenderlas en el tribunal, evitando las especulaciones y generalizaciones).


[1] Fiscalía General de la Nación. (2004). Manual de Policía Judicial. Bogotá. p. 92
[2] Jiménez, G. F. (2001) Evaluación psicológica forense. Salamanca. Amarú, p. 159-183
[3] Ibíd., Jiménez. G. F, p.173
[4] Ibíd.,  Jiménez. G. F, p.175
[5] Ibíd., Jiménez. G.F, p. 176-183

Citar:

Díaz, F. ( 20 abril, 2021) Informe Pericial Psicológico. Estructura y elaboración. Instituto Salamanca. https://institutosalamanca.com/blog/informe-pericial-psicologico-estructura-y-elaboracion

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